🌍 El Sistema CAE entra en una nueva etapa: la eficiencia energética debe ir de la mano de la descarbonización.
Desde 2024, solo las actuaciones que reduzcan consumos sin recurrir a la combustión directa podrán transformarse en Certificados de Ahorro Energético (CAE).
Te explicamos por qué, según la nueva Directiva Europea de Eficiencia Energética (UE) 2023/1791 👇
🧩 La Directiva (UE) 2023/1791 y la Orden TED/815/2023 refuerzan el enfoque descarbonizador del Sistema CAE
El Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) se consolida como una de las principales herramientas para acreditar y monetizar los ahorros de energía final logrados en España. Su regulación, basada en el Real Decreto 36/2023 y desarrollada mediante la Orden TED/815/2023, incorpora plenamente los criterios de la Directiva (UE) 2023/1791, de 13 de septiembre de 2023, relativa a la eficiencia energética.
Este nuevo marco normativo, de obligado cumplimiento en los Estados miembros, marca un cambio estructural en la elegibilidad de las actuaciones, al excluir expresamente del sistema aquellas medidas que impliquen consumo o instalación de equipos alimentados por combustibles fósiles.
🔥 Actuaciones no elegibles: una oportunidad para innovar
Según el Anexo V, punto 2.i de la Directiva (UE) 2023/1791, los Estados miembros no podrán certificar ni contabilizar ahorros energéticos derivados de actuaciones que utilicen combustibles fósiles, cuando dichas actuaciones se ejecuten a partir del 1 de enero de 2024.
Esto implica que:
❌ No son elegibles actuaciones que sustituyan o instalen nuevos sistemas térmicos o equipos de combustión, incluso aunque supongan una mejora de eficiencia.
✅ Sí son admisibles medidas que reduzcan el consumo de combustibles fósiles existentes, por optimización, control, recuperación de calor o sustitución parcial por sistemas más eficientes o eléctricas.
Con esta orientación, el Sistema CAE deja de ser un instrumento de eficiencia aislada y pasa a integrarse en la estrategia nacional de descarbonización profunda del sector energético e industrial.
🏭 Excepción aún pendiente: grandes consumidores industriales
El punto 2.j del Anexo V de la Directiva (UE) 2023/1791 contempla una excepción específica: la posibilidad de certificar determinadas actuaciones que impliquen uso de combustibles fósiles cuando se desarrollen en empresas industriales de gran consumo energético.
Sin embargo, esta excepción aún no puede aplicarse, ya que no se ha definido normativamente qué se entiende por “empresa de gran consumo de energía del sector industrial”.
Esta excepción solo se puede aplicar durante el periodo del 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2030.
➡️ El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) ha confirmado que la definición se encuentra actualmente en fase de elaboración y regulación, y que será determinante para futuras actuaciones industriales durante el periodo 2024–2030.
💡 Conclusión
El Sistema CAE evoluciona de la eficiencia energética cuantitativa a la eficiencia climática cualitativa.
Este nuevo marco normativo no limita la eficiencia, sino que la orienta hacia proyectos con verdadero impacto ambiental, donde la reducción del consumo energético va de la mano de la reducción de emisiones.
Los próximos años serán decisivos para consolidar un modelo de ahorro energético sostenible y verificable, donde innovación, tecnología y descarbonización convergen bajo un mismo objetivo: una energía más limpia y competitiva.
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